⚖️ La política de "Conozca a su Cliente" es un procedimiento establecido por el BCCR que deben cumplir todas las entidades reguladas por este ente supervisor.
Su principal objetivo es prevenir la legitimación de capitales y el lavado de dinero, así como el financiamiento del terrorismo.
Se basa legalmente en el artículo 16 bis de la Ley 7786.
Se controla mediante la plataforma CICAC (Centro de Información Conozca a su Cliente), la cual es una base de datos digital muy completa que recopila información sobre todos los clientes bancarios y de servicios financieros en Costa Rica.
Se fundamenta en la Ley 8204 “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado,
legitimación de capitales y actividades conexas”, y el servicio cuenta con una plataforma que permite registrar y consultar los datos de sus clientes y su correspondiente identificación y reporte en los plazos que la ley establece.
Para la correcta identificación de los clientes se debe obtener y conservar información acerca de la identidad verdadera
de las personas, físicas o jurídicas, que posean una cuenta o realicen operaciones con cualquier entidad financiera supervisada.
Se solicita verificar todos datos personals tales como:
▪ Domicilio exacto y dirección de cada cliente
▪ Ocupación, monto y fuente de los ingresos, incluyendo con detalle la naturaleza de los fondos
▪ Capacidad legal y económica, incluyendo un estimado de inversiones totales
▪ Objeto social de la empresa y conocer cuáles son los productos o servicios que ofrece
▪ Representación de la empresa y conocer quienes son los miembros de la junta directiva
▪ Relación con personas expuestas políticamente (PEPs)
En el Reglamento de Central Directo se define las obligaciones de las entidades y los datos de los clientes requeridos para que todo participante debe proporcionar según establece la ley 8204, toda esta información será verificado posteriormente por el Oficial de Cumplimiento del BCCR quien revisará y corroborará todos los datos reportados por los participantes, para su posterior aprobación.